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17/07/2024

ANMAT prohibió la venta de un conocido repelente de mosquitos por irregularidades y falsificaciones

La decisión se tomó a fin de proteger a eventuales usuarios del producto involucrado. Fue prohibido en todo el territorio nacional.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la elaboración, venta y distribución de una conocida marca de repelentes para mosquitos por irregularidades y falsificaciones.

A través de la Disposición 6235/2024, publicada en el Boletín Oficial, el organismo prohibió el producto repelente de insectos de uso externo en humanos, bajo la denominación de "REPELENTE DE INSECTOS, marca GENIAL OUTDOOR". El mismo, usaba en su rotulado datos falsos sobre su inscripción sanitaria.

Según el texto oficial, las investigaciones iniciaron a raíz de una denuncia realizada por la empresa Laboratorio Elea Phoenix S.A, debido a que detectaron la comercialización del repelente de insectos falsificado. El legajo que aparecía en su rótulo correspondía al Laboratorio New Zen SRL, de la cual la habilitación ante ANMAT en calidad de elaborador de productos de higiene personal, cosméticos y perfumes fue dada de baja en la Disposición ANMAT N°8001/2015.

 

El producto presentaba irregularidades y falsificaciones.

Además, el organismo sanitario sostuvo que, tras consultar la base de cosméticos inscriptos, no se hallaron productos cuyos datos identificatorios se correspondan con los obrantes en el repelente. Al mismo tiempo, se encontraron otros productos cosméticos inscriptos bajo la misma marca en los que aparece como titular y elaborador la firma Quality Clean S.A., habilitado por la ANMAT.

Por era razón, se procedió a una inspección a la firma, cuyo director técnico declaró que no participó de ninguna etapa productiva del repelente. Efectuada una corrida por las instalaciones, no se evidenciaron unidades, registros o documentación que pudieran corresponder al producto objeto de estas actuaciones.

De esta manera, se efectuó una inspección de fiscalización de producto en un local comercial sito en CABA donde el denunciante declaró haber adquirido el repelente en cuestión y pudo determinarse que "el producto se había comercializado con anterioridad a la fecha de la inspección, aunque al momento de efectuarse la misma ya no contaban con unidades en stock o exhibidas para la venta".

Asimismo, se procedió a realizar una fiscalización en medios electrónicos en busca de sitios web o publicaciones en plataformas de venta online donde se ofreciera para la venta el producto y se dio intervención al “Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad y Promoción de Productos Sujetos a Vigilancia Sanitaria” para eliminar las publicaciones de venta electrónicas del producto involucrado.

Según el organismo, "el producto se halla en infracción al artículo 19 inciso a de la Ley N° 16.463 y a los artículos 1° y 3° de la Resolución ex MSyAS N° 155/98 por carecer de registros de establecimiento y de producto resultando ser en consecuencia un producto ilegal".

Por esa razón, ANMAT determinó: "Prohíbese el uso, comercialización, publicación y distribución en todo el territorio nacional y en plataformas de venta en línea del producto de origen nacional denominado: “REPELENTE DE INSECTOS, marca GENIAL OUTDOOR” en todos sus lotes, presentaciones y contenidos netos".

Disposición 6235/2024: 

https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/310542/20240716 

 

Fuente: Ámbito Financiero

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