CIRCULAR NRO. 107.24 - OSEF ESTADO FUEGUINO
Estimados Asociados:
Por medio de la presente, tenemos el agrado de dirigirnos a Uds. a fin de poner en vuestro conocimiento las siguientes novedades, a saber:
Por medio del presente, les recordamos las “Normas de atención y Validación”, para todas las recetas “Electrónicas y manuscritas”. Estas recetas NO requieren autorización previa, los medicamentos allí prescriptos deberán ser dispensados con las coberturas que indique el validador. Solo deberán estar autorizadas, aquellas recetas en que la cobertura sea distinta a lo que indique el validador o producto fuera del vademécum de la obra social.
Rogamos tomar debida nota de todo lo expuesto a fin de evitar posteriores inconvenientes.
ADMINISTRACION CAFABO