CIRCULAR NRO. 271.24 - IOMA - AFILIADOS EN TRANSITO
Estimados Asociados:
Por medio de la presente, tenemos el agrado de dirigirnos a Uds. a fin de poner en vuestro conocimiento las siguientes novedades:
Dado que han surgido consultas y casos relacionados con débitos en estas situaciones, recordamos que las recetas de afiliados en tránsito (es decir, afiliados de otra jurisdicción), identificados con la letra “X” al inicio del N° de afiliado, deben validarse bajo el convenio “IOMA Ambulatorio”. Al realizar la validación, no debe ingresarse la letra “X”, sino únicamente los números que figuran en la credencial del afiliado.
Importante:
Al momento de la dispensa, la farmacia deberá solicitar la “certificación” o “carta” de afiliado en tránsito emitida por IOMA.
Esta certificación indicará las fechas de inicio y fin de la afiliación en tránsito, las cuales deberán ser verificadas antes de proceder con la dispensa.
Requisitos al presentar la receta:
La receta debe ir acompañada de la copia de la certificación/carta de afiliado en tránsito, emitida por IOMA.
Esta certificación debe ser proporcionada por el afiliado al momento de la dispensación.
Reiteramos la importancia de cumplir con estos pasos para evitar errores y posibles débitos en la facturación.
Rogamos tomar debida nota de todo lo expuesto a fin de evitar posteriores inconvenientes.
ADMINISTRACION CAFABO